Virginia Ropero Torres/ enero 23, 2019/ Articulos de Interes, Sin categoría

¿Cómo tramitar el cheque servicio o PEVS?

La Ley de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de Dependencia (Ley 39/2006 de 14 de Diciembre) se tramita con la Trabajadora Social siempre y cuando cumplas los siguientes requisitos:
• Necesitar de la atención de otra u otras personas o ayudas importantes para realizar las actividades básicas de la vida diaria.
• Residir legalmente en territorio español. Para los menores de cinco años el periodo de residencia se exigirá a quien ejerza su guarda y custodia.
• Residir en la Comunidad de Madrid en la fecha en que presenten la solicitud de reconocimiento de la situación de dependencia
La prestación económica de esta Ley contribuye a la financiación del coste de un servicio, necesario para la persona con dependencia, cuando no sea posible el acceso a un servicio público. Es aquí donde entra en valor la PEVS (Prestación Económica vinculada al Servicio o Cheque Servicio), tramitada desde el principio de la terapia por la Trabajadora Social de Centro ADA.

Para más información, consulta con el Departamento de Trabajo Social: virginia.ropero@centroada.es